G.R. No. L-9871 - JANUARY 1949 - PHILIPPINE JURISPRUDENCE CASE NUMBERCASE TITLE G.R. No. L-9871January 31, 1949 Antonio Austria vs. Jose E. Laurel, et al. G.R. No. L-2676January 31, 1949 Li Kim Tho vs. Conrado S. Sanchez, et al. G.R. No. L-2007January 31, 1949 William Chiongbian vs. Alfredo de Leon G.R. No. L-1805January 31, 1949 People of the Philippines vs. Benjamin Albano G.R. No. L-2417January 29, 1949 Dalmacio Celino vs. Alejandro Bautista G.R. No. L-2186January 29, 1949 People of the Philippines vs. Juan Bulatao G.R. No. L-1642-44January 29, 1949 People of the Philippines vs. Alejandro Mendiola, et al. G.R. No. L-1677January 28, 1949 People of the Philippines vs. Cirilo Humarang G.R. No. L-1653January 28, 1949 People of the Philippines vs. Vicente Tumando G.R. No. L-1547January 28, 1949 People of the Philippines vs. Maximo Bate G.R. No. L-1481January 28, 1949 People of the Philippines vs. Eugenio Abendan, et al. G.R. No. L-300January 28, 1949 People of the Philippines vs. Filomeno Castro G.R. No. L-1620January 26, 1949 People of the Philippines vs. Ruperto Aranguren G.R. No. L-986January 26, 1949 People of the Philippines vs. Felix Alcover G.R. No. L-2456January 25, 1949 Nicolas B. Potot vs. Juan L. Bagano, et al. G.R. No. L-1561January 25, 1949 People of the Philippines vs. Jose Cada G.R. No. L-1288January 25, 1949 People of the Philippines vs. Jacinto Pineda G.R. No. L-1187January 25, 1949 People of the Philippines vs. Eufracio Lansang G.R. No. L-1369January 21, 1949 People of the Philippines vs. Manuel Valencia G.R. No. L-1278January 21, 1949 Loreto Barrioquinto, et al. vs. Enrique A. Fernandez, et al. G.R. No. L-365January 21, 1949 People of the Philippines vs. Antonio Racaza Vicento SottoJanuary 21, 1949 In re: Vicente Sotto G.R. No. L-1593January 20, 1949 People of the Philippines vs. Gregorio Refuerzo G.R. No. L-1591January 20, 1949 People of the Philippines vs. Conrado Cobalida G.R. No. L-1846-48January 18, 1949 People of the Philippines vs. Pedro Reyes, et al. G.R. No. L-1607January 12, 1949 People of the Philippines vs. Atanacio Figueroa G.R. No. L-2327January 11, 1949 Canuto F. Pimentel vs. Pedro Festejo G.R. No. L-1874January 7, 1949 People of the Philippines vs. Melecio Mejias G.R. No. L-1838January 7, 1949 People of the Philippines vs. Exequiel Lacanlale G.R. No. L-1656January 7, 1949 People of the Philippines vs. Roman Vilo G.R. No. L-1449January 7, 1949 People of the Philippines vs. Jose Dosal, et al. G.R. No. L-406January 7, 1949 People of the Philippines vs. Bienvenido Garcia The Lawphil Project - Arellano Law Foundation, Inc. Antonio Austria vs. Jose E. Laurel, et al. Li Kim Tho vs. Conrado S. Sanchez, et al. William Chiongbian vs. Alfredo de Leon People of the Philippines vs. Benjamin Albano Dalmacio Celino vs. Alejandro Bautista People of the Philippines vs. Juan Bulatao People of the Philippines vs. Alejandro Mendiola, et al. People of the Philippines vs. Cirilo Humarang People of the Philippines vs. Vicente Tumando People of the Philippines vs. Maximo Bate People of the Philippines vs. Eugenio Abendan, et al. People of the Philippines vs. Filomeno Castro People of the Philippines vs. Ruperto Aranguren People of the Philippines vs. Felix Alcover Nicolas B. Potot vs. Juan L. Bagano, et al. People of the Philippines vs. Jose Cada People of the Philippines vs. Jacinto Pineda People of the Philippines vs. Eufracio Lansang People of the Philippines vs. Manuel Valencia Loreto Barrioquinto, et al. vs. Enrique A. Fernandez, et al. People of the Philippines vs. Antonio Racaza In re: Vicente Sotto People of the Philippines vs. Gregorio Refuerzo People of the Philippines vs. Conrado Cobalida People of the Philippines vs. Pedro Reyes, et al. People of the Philippines vs. Atanacio Figueroa Canuto F. Pimentel vs. Pedro Festejo People of the Philippines vs. Melecio Mejias People of the Philippines vs. Exequiel Lacanlale People of the Philippines vs. Roman Vilo People of the Philippines vs. Jose Dosal, et al. People of the Philippines vs. Bienvenido Garcia The Lawphil Project - Arellano Law Foundation, Inc.
Republic of the Philippines
SUPREME COURT
Manila
EN BANC
G.R. No. 9871 January 31, 1949
ANTONIO AUSTRIA,demandante-apelado,
vs.
JOSE E. LAUREL y ALFREDO LAUREL,demandados.
JOSE E. LAUREL,apelante.
D. Tomas P. Panganiban en representacion del apelante.
D. Francisco P. de Guzman en representacion del apelado.
PABLO,J.:
Se pide por el demandante la particion de un solar situado en el municipio de Talisay, provincia de Batangas, de 4,360 metros cuadrados. El demandado alega como defensa la prescripcion adquisitiva.
El solar era originariamente de Teodoro Laurel; que este tuvo siete hijos llamados Felipa, Januario, Emiteria, Juana, Barbara, Arcadio y Romualdo. Jose E. Laurel, el demandado, es hijo de Romualdo y Antonio Austria, el demandante, es nieto de Juana Laurel. Los bienes del finado Teodoro han sido repartidos entre sus siete hijos y el solar en cuestion ha sido asignado a Juana y Romualdo en mancomun; que Juana, abuela del demandante, dejo de ocupar la porcion noroeste del terreno desde la erupcion del volcan de Taan el 1911 porque se derrumbo su casa. A la muerte de Romualdo, las porciones antiguamente ocupadas por Romualdo y Juana fueron ocupadas por Victoriano Pamplona y Barbara Laurel, porque Victoriano fue nombrado tutor de la persona y bienes del menor Jose E. Laurel, y segun inventario presentado en el expediente, el solar hoy en litigio era uno de los terrenos que pertenecian al menor, y en 1921 cuando fue liberado de la tutela por haber cumplido ya sus 21 años, Jose E. Laurel lo recibio, por orden judicial, de su tutor.
Si Victoriano y Barbara ocuparon el solar a la muerte de Romualdo no fue ciertamente porque lo reclamaban para su beneficio personal, sino por ser Victoriano Pamplona tutor y Barbara, tia del menor. Y en un pueblo pequeno no puede ser un secreto este hecho: era de conocimiento general especialmente entre los parientes. Asi, Alfredo Laurel que es uno de los tios del demandante, declarando en la vista de esta causa, declaro:
Juzgado:
P. ¿Y por que compro usted este terreno que ocupa su casa, de su co-demandado Jose E. Laurel? — R. Yo compre ese terreno porque yo se que es de la legitima propiedad de Jose E. Laurel.
Antes aun de llegar a su mayor de edad, el demandado estuvo plantando arboles frutales en el solar y construyo una casa en el. Cuando Apolonio Malabanan, testigo principal del demandante, transmitio la reclamacion de este de que es condueño del solar, el demandado le contesto que el, — Jose E. Laurel, — era el unico y exclusivo propietario. Desde esa declaracion categorica del demandado de que no reconocia la reclamacion de condueño del demandante, ha nacido ya la accion de este para pedir judicialmente la particion y desde ese momento tambien comenzo a favor del demandado la prescripcion adquisitiva. Sin embargo, el demandante no ha hecho nada y solo presento su demanda en 12 de Octubre de 1939. De todo esto se ve claramente que el demandado ha reclamado dominio exclusivo sobre el solar de una manera abierta, publica, continua y adversa contra todo el mundo, por medio de su tutor cuando era aun menor de edad y personalmente desde 1921 cuando fue liberado de la tutela. Y aunque no se considerase mas que la posesion ejercida personalmente por el demandado desde 1921 en que por orden judicial se ha hecho cargo de sus bienes entre los cuales esta el solar en litigio hasta el 12 de Octubre de 1939 en que se presento la demanda en esta causa, ha han transcurrido 17 años.
El articulo 41 del Codigo de Procedimiento Civil dispone que: "Diez años de posesion adversa por parte de cualquier persona que pretendiere ser dueña durante ese tiempo de un terreno, o de un derecho sobre el, que por dicho periodo haya continuado sin interrupcion, por ocupacion, herencia, concesion, o de otra suerte, sea cual fuere el modo como comenzo dicha ocupacion, investira al ocupante actual o poseedor de dicho terreno de titulo perfecto, salvando a las personas incapacitadas los derechos que les da el articulo que sigue. Para que la prescripcion o la posesion adversa constituyan titulo, la posesion por parte del reclamante o de la persona en cuyo nombre o por cuyo medio se hace la reclamacion, debe haber sido real, abierta, publica, continua, con exclusion de cualquier otro derecho y adversa para todos los otros reclamantes."
Aplicando esta disposicion legal, este Tribunal, enRamos contra Ramos,45 Jur. Fil., 379, dijo:
Es indudablemente un principio general de jurisprudencia reconocido en el articulo 1965 del Codigo Civil, que la prescripcion con arreglo al derecho civil no puede ordinariamente tener lugar mediante mera posesion por un coheredero o condueño en contra de su coheredero o condueño; y el mismo concepto ha sido plenamente reconocido por el derecho consuetudinario. La razon de esto es que la posesion por un coheredero o condueno de ordinario redunda en beneficio de los otros. Su posesion no es, por tanto, adversa. Pero cuando el ocupante deja de poseer en concepto de coheredero o condueño, y posee o pretende poseer en virtud de cualquier otro derecho o titulo, la prescripcion tiene lugar en el mismo grado y medida que en los demas casos. (De CastrocontraEcharri, 20 Jur. Fil., 23; BargayocontraCamumot, 40 Jur. Fil., 902).
Y enCasañas contra Rosello, 50 Jur. Fil., 101, este Tribunal reitero la misma doctrina, diciendo:
La pretension de la apelante sobre que no se puede invocar entre coherederos la doctrina de prescripcion en que se funda la demandada, es generalmente cierta. (AliasascontraAlcantara, 16 Jur. Fil., 489; CabellocontraCabello, 37 Jur. Fil., 343; BargayocontraCamumot, 40 Jur. Fil., 902.) Con todo, cuando un heredero ocupa abierta y adversamente unos bienes, en contra de sus coherederos, por un largo periodo de tiempo, se le permite, en derecho, que interponga la defensa de prescripcion. (De CastrocontraEcharri, 20 Jur. Fil., 23; Cortes contra Oliva, 33 Jur. Fil., 380; De los SantoscontraSanta Teresa, 44 Jur. Fil., 856; RamoscontraRamos, 45 Jur. Fil., 389).
Con revocacion de la sentencia apelada, se ordena el sobreseimiento de la demanda con costas contra el apelado.
Moran, Pres., Paras, Feria, Perfecto, Bengzon, Briones, y Tuason, MM., estan conformes.